ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Respondemos la carta Diez meses a la espera, de Caridad García Carralero, quien se presentó a la Oficina en la que se atienden los casos de jubilacion y otros trámites (Inass), con el objetivo de solicitar el recálculo de su chequera. Fue convocada para que se presentara después de los cuatro meses para verificar si había llegado el aumento y recogiera el expediente laboral, pero cuando regresó le informaron que no había llegado el aumento, y que volviera después del 20 de diciembre, luego fue citada una vez más para el 20 de enero de 2024, y tampoco tuvo respuesta.

En la página web Pensionado consta que, con el expediente 210387731, se le concedió a Caridad García Carralero una pensión por causa de muerte pasiva unificada, ascendente a 3 644,00 pesos mensuales, en virtud de los aumentos dispuestos, producto de fusionar al importe de 1 702,40 pesos mensuales que le correspondía por su condición de viuda, la cuantía de 413,36 pesos mensuales que venía percibiendo de su pensión por edad otorgada por el Control Bancario 42252482, expediente 190080231. Visto que esta última incrementó a la cantidad de $160,00, por incluir en el expediente dos años laborados con posterioridad a su jubilación, resultando un importe total de $3 804,00 pesos mensuales.

En el mes de marzo de 2024 se modificó el importe de la pensión a 3 424,00 pesos mensuales, debido al descuento del 10 % (380,00), al cobrar el titular la pensión por causa de muerte, teniendo la condición de trabajador, en el periodo comprendido desde el 1ro. de enero de 2022 hasta el 31 de enero de 2022 (un mes), contrayendo una deuda con la Seguridad Social de 1 276,00 pesos, y teniendo en cuenta que le pertenecía un pago inicial por concepto de diferencias desde el 18/09/2023 (fecha de solicitud de incremento) hasta el 29/2/2024, por la cantidad de 870,00 pesos que, al restar este monto al total de la deuda (1 276,00), pagaría 406,00 pesos; lo que deberá reintegrar en su totalidad, conforme a lo establecido en el Artículo No. 94, inciso b) de la propia Ley, que vence en abril de 2024. Al finalizar la deuda, se le otorgan 354,00 pesos por diferencias en el importe.

 

Miguel González Velázquez,

director provincial de Trabajo y Seguridad Social de Las Tunas.

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Cecilio Velázquez Pérez dijo:

1

1 de julio de 2024

22:03:50


Tengo una duda y deseo saber si a mi mamá q está cobrando la pensión por viudez de 1070 pesos y ahora le llegó la de la asociación de combatientes de la revolución de 1500 pesos se las suman o le retiran una