Ante usted acudo por medio del presente escrito ante la incertidumbre y el asombro, en busca de una solución a la situación que estoy confrontando, para construir un ranchón rústico en el patio de mi casa, con el fin de construir un restaurante (paladar), como trabajador por cuenta propia, conforme a la Resolución 54/14, dictada por el Instituto Nacional de Planificación Física, publicada en la Gaceta Oficial de la República, en fecha 5 de septiembre del 2014, contentivo del procedimiento para cumplir las funciones que se traspasan. Conforme al artículo 41 inciso a) se otorgarán licencias de construcción para aquellas acciones constructivas que ocupen suelo con carácter definitivo, en relación con el artículo 44 inciso b) de la propia norma, en el cual se exceptúa y por ende autoriza la construcción de ranchones, pórticos, pérgolas y glorietas, en tal virtud y con el amparo legal interese, el día 12 de enero del 2015, se me otorgara la licencia o el autorizo de construcción correspondiente.
Dicha solicitud ha transitado por la siguiente situación: hasta el 2 de marzo del 2015, no había logrado respuesta alguna, hasta que se me comunicó por parte de la Dirección Municipal de Planificación Física en Mayarí, que aunque se encontraba previsto en la legislación vigente esa solicitud, existían indicaciones de la Dirección de Inversiones de la Dirección Provincial de Planificación Física en Holguín, de que no se podían otorgar licencias de construcción para ranchones.
Ese mismo día y por el teléfono 423737, me comuniqué con la especialista Marthica de dicha dirección a quien le dejé mi inquietud, para que fuera evaluada en un taller que efectuarían, con todos los técnicos en inversiones de la provincia, el 3 de marzo del 2015. Así las cosas, en fecha 5 de marzo del 2015, me comuniqué con el jefe de Inversiones de esta dirección provincial, quien me planteó que dicha licencia debía otorgárseme por el municipio, pues tenía todo el respaldo legal. Inmediatamente me comuniqué con el director de la Dirección Municipal de Planificación Física en Mayarí, a quien lo impuse de dicha decisión, planteándome que el viernes 6 de marzo tendría una visita del cuerpo de inspectores del Instituto Nacional de Planificación Física.
Hoy lunes 9 de marzo del 2015, cuál no sería mi sorpresa, que ahora el cuerpo de inspectores que visitó esa Dirección, indicó no emitir dicha licencia sin fundamento alguno que lo respalde y en contra de la legislación vigente. Llevo casi dos meses navegando en una situación burocrática y colmada de desconocimiento y caprichos, pues no concibo cómo el mismo Instituto Nacional de Planificación Física, emitió en fecha 5 de septiembre del 2014 la Resolución 54/14, que no ha sido derogada ni modificada en ningún momento y hoy aún se desconozca o se dificulte su aplicación por el mismo órgano que la emitió.
Jorge Abel Sigarreta Céspedes,
Avenida Carlos Manuel de
Céspedes No. 136,
Mayarí, Holguín



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Peregrino dijo:
1
8 de mayo de 2015
19:32:08
JR dijo:
2
8 de mayo de 2015
21:03:55
maxy dijo:
3
13 de mayo de 2015
16:31:09
judith dijo:
4
15 de mayo de 2015
13:30:39
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