La Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del
Tribunal Supremo Popular concluyó este martes 28 de diciembre la
vista del recurso de apelación de pena de muerte contra Humberto
Eladio Real Suárez por los delitos de Otros Actos contra la
Seguridad del Estado, Asesinato y Disparo de Arma de Fuego contra
determinada persona, y decidió sustituir la sanción originalmente
impuesta por la de 30 años de privación de libertad, máxima condena
que se le puede imputar, dado que en el momento de la comisión de
sus actos no estaba prevista la sanción de privación perpetua de
libertad.
Al tomar esta decisión, el Tribunal tuvo en cuenta lo aprobado
por el Consejo de Estado en el decreto del 28 de abril del 2008
mediante el cual se le conmutó la pena de muerte a varios
sancionados, así como el arrepentimiento mostrado por el acusado
respecto a los delitos cometidos.
En el juicio se ratificó la responsabilidad de Real Suárez en los
hechos por los que fue sancionado en el Tribunal Provincial Popular
de Villa Clara, territorio al que penetró ilegalmente en la
madrugada del 15 de octubre de 1994 proveniente de Estados Unidos
junto a otros seis cubanos radicados en ese país que formaban parte
de un team de infiltración terrorista, dirigido por la
organización contrarrevolucionaria de Miami "Partido Unidad Nacional
Democrática" (PUND). Durante la incursión al territorio nacional, el
acusado asesinó a un ciudadano residente en Caibarién.