ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
En todas las variantes es condición sine qua non la observancia de las regulaciones territoriales y urbanas. Foto: Miguel Febles Hernández

Ordenar y legalizar el estatus de la vivienda, que a su vez significa el beneficio para decenas de miles de personas, constituye la esencia de los Acuerdos No. 8574 y No. 8575, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros (CECM), publicados este viernes en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 33.

Los consejos de la administración provinciales (CAP) y municipales (CAM) son los responsables de aplicarlos y, en consonancia con ello, adoptan las medidas para su implementación por las direcciones de Planificación Física y de la Vivienda que les están subordinadas, en el ejercicio de las prerrogativas constitucionales otorgadas a los gobiernos locales.

Entre tanto, según recoge el Acuerdo No. 8575, el Instituto de Planificación Física (ipf) organizará y controlará el proceso de cambio de uso y traspaso de locales para asumir funciones habitacionales y otros destinos, responsabilidad que antes recaía totalmente en el Ministerio de Economía y Planificación (MEP).

Cumplir las regulaciones territoriales y urbanas

En todas las variantes es condición sine qua non la observancia de las regulaciones territoriales y urbanas, precisaron a Granma especialistas del Instituto de Planificación Física (IPF) y del Ministerio de la Construcción (MICONS), quienes resaltaron que cualesquiera de esos casos se benefician con el acceso seguro y legal a la propiedad de su vivienda o a construirla con las condiciones adecuadas.

Igualmente calificaron de gran desafío este proceso, que comenzará dentro de 30 días, cuando entren en vigor dichos acuerdos, pues se sumará a otros trámites que tienen lugar hoy en las oficinas municipales, lo cual requerirá más trabajo y control, con total apego a la profesionalidad y la ética.

Allí, como sucede en otros servicios, debe facilitarse la atención a discapacitados, embarazadas y adultos mayores.

Además de las citadas ordenanzas informaron que se emitirán resoluciones de los Ministros de la Construcción y de Justicia.

Beneficiados con el Acuerdo 8574

Respaldados con el Acuerdo No. 8574 resultan los arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal, que son las administradas por las Direcciones Municipales de la Vivienda (dmv), en representación del Estado.

Diversas causas inciden en el otorgamiento de dicha condición, empleada en los casos radicados de compraventas de casas cuando era solo posible al Estado. Además, se les reconocerá lo sufragado hasta ahora en arrendamiento como parte del precio total del inmueble.

Se excluyen los casos declarados como arrendatarios por confiscaciones dispuestas mediante sentencias de los tribunales, a partir de lo dispuesto en los Decretos Leyes No. 232 y No. 149, así como a quienes habitan inmuebles categorizados como vinculados y medios básicos.

Usufructuarios de viviendas y de cuartos

Se encuentran en esa definición los inmuebles con un contrato de usufructo, por no constituir viviendas adecuadas, y para realizar los trámites bastará con presentar la situación de ocupante legal. La aprobación de la propiedad también conllevará un precio.

En cuanto a los cuartos, serán legalizados los que previo dictamen reúnan las características de vivienda adecuada, para lo cual se exigen: la superficie útil como mínimo, al menos tres locales destinados a cocina, baño y uso múltiple; ventilación, acceso propio y piso impermeable o lavable.

Asimismo, quienes no dispongan de dichas condiciones, pero sí de la posibilidad de crearlas, obtienen el derecho a construir por esfuerzo propio, mediante los permisos establecidos. Dos variantes son la solicitud de crédito o subsidio, vedada hasta ahora por el estatus de ilegalidad

y con la única posibilidad de acceder a mejoras en servicios básicos mínimos.

Viviendas y locales terminados o en ejecución, por el Estado o la población

Las Direcciones Municipales de Planificación Física (dmpf) emitirán de oficio el Dictamen Técnico. De continuar la construcción, se solicitarán los permisos correspondientes.

Los entrevistados manifestaron que en todos los casos existen términos de tiempo para los trámites, algunos de 50 días, dados los análisis específicos requeridos y que para las ilegalidades se activarán los mecanismos de contravenciones y de enfrentamiento establecidos.

La vigencia de ese acuerdo del cecm está previsto para seis años, lo cual no significa que quienes sigan incurriendo en transgresiones de la ley podrán acogerse a los beneficios de las nuevas normativas.

Para impedirlo se impone un mayor rigor y control de los gobiernos territoriales y de las dmpf, obligadas a trabajar con sus planes de Ordenamiento Territorial y Urbano, que definen las zonas posibles de ser ocupadas con viviendas. Por eso, aunque estén construidas acatando las regulaciones no podrán ser legalizadas, por ejemplo, las localizadas en las riberas de ríos, en las costas, aguas abajo de presas, debajo del tendido de alta tensión y en áreas destinadas a futuras inversiones estatales.

Viviendas en áreas agrícolas estatales

El Acuerdo No. 8574 dispone que cuando el inmueble por legalizar esté en tierras agropecuarias y forestales se requiere el criterio de las direcciones de la Agricultura. En cambio, no se incluyen en tales beneficios quienes las recibieron en usufructo por una cifra x de años para su explotación, todo lo que hayan construido, incluso una vivienda, se considera bienhechuría, sinónimo de uso temporal.

PRECISIONES

El Acuerdo No. 8574/ 2019 se refiere al ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos,

dispuesto para viviendas ubicadas en las áreas definidas como de alta significación para el habitaciones, accesorias y locales ubicados en zonas urbanas y rurales.

El derecho de legalización va asociado al pago del derecho perpetuo de superficie, tanto de las viviendas terminadas como de las que están en ejecución.

Sigue vigente lo turismo en La Habana Vieja, La Habana del Este y Varadero; y de regulaciones especiales como la Zona Especial de Desarrollo Mariel.

Cambio de uso y traspaso de locales

La responsabilidad que asume el ipf, otorgada por el Acuerdo No. 8575, se corresponde con lo certificado en los instrumentos de ordenamiento territorial y urbanismo. Su presidente, oído el parecer del mep y previa consulta con el cecm, aprobará los locales de los organismos de la administración central del Estado y las entidades nacionales.

De acuerdo con esa norma legal, los cap y cam por su parte certificarán los locales e inmuebles de su subordinación, a propuesta de las direcciones de Planificación Física a esas instancias.

En cifras

- 76 %  de las viviendas están en asentamientos urbanos (2 911 959).

- 9 823 cuarterías y ciudadelas, con 84 452 viviendas, se encuentran en el fondo habitacional precario.

- 854 edificios contabilizados en estado crítico, de estos, 696 en La Habana.

- 849 753 estimado total de personas afectadas.

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Matancerissimus dijo:

11

26 de abril de 2019

12:00:02


Adios al fondo patrimonial?que predomine la cordura y el sentido comun por favor.que se consulte a los Conservadores de la ciudad.Muchas ciudades de Cuba viviran del turismo de lo que les queda del Patrimonio.Gracias.

BHolg dijo:

12

26 de abril de 2019

12:49:56


Gracias a Dios y las bnas intenciones de nuestro estado socialista que al FIN creo voy a resolver el problema de la vivienda de mis padres, dos ancianos q desde el ciclon IKE su vivienda rustica fue derumbe total, pasaron varios funcionarios a visitarlos, y al final le dijeron a mi papá q la levantara para darles el techo y con una chequera y mi salario p q en ese momento pde hacerlo, se hizo así y cuando fueron a comprar el techo, sus nombres no aparecieron en el listado después de tanto de esperar, y la respuesta fue de q HOLGUIN, había terminado los casos q tenía con esa entrega, por lo tanto era una construcción ILEGAL.

Iris dijo:

13

26 de abril de 2019

14:19:52


¿En esta Ley entran también los Médicos de Familia que tienen Consultorios abajo?, me imagino que sí porque así el estado se quita un buen problema y gastos de arriba, pero no me queda claro, ojalá y así sea.

Andrés padilla dijo:

14

26 de abril de 2019

15:07:46


Creo que el acuerdo tomado resuelve un problema con el tema viviendas que tanto da que hacer en nuestro país, sin embargo, creo que con medidas como estas no ayudamos a este país a erradicar las ilegalidades, por el contrario, está es la tercera ley de convalidables que se dicta en Cuba, siempre para resolver el problema de aquellas personas que violan lo que está establecido. Aquellos que, respetando la ley solicitan una licencia para construir o ampliar su vivienda, pasan por un sin fin de visisitudes empezando por que para comenzar los trámites tiene que tener actualizada su propiedad ( otro verdadero dolor de cabezas), tiene que construir dentro fe los límites de su propiedad, pagar regulaciones, proyecto, licencia, habitable y tiempo porque, con buena suerte eso no se resuelve en menos de 6 meses sin embargo, alguien viola todo el proceso, utiliza áreas ajenas a su propiedad y otras violaciones conocidas y el estado los premia con la legalización de la vivienda. Hay varias viviendas que pasaron a usufructo permanente por pérdida de lo construido (establecido en la ley) por violaciones de las regulaciones y hoy se aprueba otra ley de convalidables. Espero estar vivo para ver la cuarta ley porque así no contribuimos a erradicar las ilegalidades como necesita este país. Gracias

carmen barbara dijo:

15

26 de abril de 2019

17:13:09


yo vivo en un local hace tres años que teno que hacer o a donde tengo que ir para ver mi situacion