ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Aunque desde hace varios días se están divulgando a través de diferentes medios de prensa extranjeros y circulando en las redes sociales, de manera errónea y malintencionada, noticias de que próximamente se pondrá en vigor nuevas disposiciones sobre el despacho aduanero de los viajeros y sus pertenencias —y se ha llegado a fijar fechas e incluso presentar documentos que son falsos—, la Aduana General de la República (AGR) informa que las normativas no se han modificado y no existe la intención de hacerlo.

Según una nota publicada en el sitio web de la AGR, se reafirma que como ha sido y es costumbre, la Aduana cubana informará siempre con antelación, por todos los medios a nuestro alcance, cualquier modificación que las mismas pudieran sufrir.

«Nuestro portal web es el sitio oficial de información de las disposiciones y procedimientos vigentes y aquellos no publicados en el mismo que circulen por cualquier vía carecen de valor, por lo que sugerimos buscar siempre la información que se necesite sobre el despacho aduanero en el mismo y no hacerse eco de informaciones promovidas para confundir y crear incertidumbre en aquellos que viajan desde y hacia Cuba.

Lea la nota publica por la Aduana General de la República: http://www.aduana.gob.cu/index.php/423-nota-informativa

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Mauricio dijo:

1

25 de agosto de 2017

14:35:15


Muy bien hecho por los directivos de la Aduana General en aclarar todos estos comentarios de pasillos lo cuales no son en el bien del pueblo cubano.

Hipólito Respondió:


25 de agosto de 2017

18:20:03

Sr.Mauricio a través de los años,estos comentarios de pasillo,tienen su objetivo gubernamental,de explorar las personas y conversación..para aplicar o NO aplicar.. Y en esptos momentos la cosa NO esta buena ni bien para imponer penalizaciones injustas..ok..

yanypc Respondió:


1 de septiembre de 2017

15:08:50

mire mauricio, la nota informativa la dan desde el noticiero nacional, dos periodistas que trabajan en el noticiero nacional, le sugiero vea primero la noticia que publicaron y desde donde se publico para despues apoyar de manera erronea la nota muy escueta que dieron dias despues, porque no fue un comentario de pasillo fue un video del noticiero de television con periodistas que trabajan en el mismo. Preguntese y pregunte quien es el responsable de lanzar ese video, no crreo que periodistas del noticiero lo publicaran ellos solos, a esos pobres los engañaron y no fueron los de afuera. deberian aclarar como han formado todo este plan maquiavelico

Roly dijo:

2

25 de agosto de 2017

14:47:59


Menos mal que sacaron pecho, así se hace que les han ripiado el pellejo en todos lados. Felicidades Granma y aduana...

iwo rivera dijo:

3

25 de agosto de 2017

15:18:02


Elemental, queridxs!

Suleny dijo:

4

25 de agosto de 2017

15:38:46


Verdaderamente hoy en día las redes sociales también son un peligro por publicar informaciones que pueden ser falsas..las personas están tan ciegas con el internet y el desarrollo informático que llegan a creer en las publicaciones y muchas veces hasta chismes como una verdad absoluta y no investigan no se informan antes de andar divulgando noticias falsas..por favor los medios de comunicación cubanos háganse presente y con esto no quiero decir que aquí siempre se dice la verdad..pero ante tamaña mentira desmientan para que no haya personas confundidas y desinformadas..creando chuchu...

Marcelino Respondió:


25 de agosto de 2017

16:43:29

Silenis slds,respeto su criterio pero pienso que somos responsables por no aclarar a tiempo lo que desde hace various dia se venia hablando.Por otra parte todavia esta en nuestras mentes la importacion de vehiculos,lo de las cartas de los carros(de las dos Fui victima) y ultimamente la parada en las licencias para trabajo por cuenta propia .Soy revolucinario a toda prueba y me duele ver como abusamos del rumor como tecnica de direccion ,como no le salimos a tiempo a propaganda mal intencionada y cuando lo hacemos ya tarde con lenguaje despectivo como si nos merecieramos la confiansa.Quien merese respeto es el pueblo y creo que esta aclaracion de la Aduana es una muestra de ello.Gracias

Adais Morales Rodríguez dijo:

5

25 de agosto de 2017

15:52:15


Hola..soy Dr...me encuentro prestando servicios medicos en brasi...mi pregunta es si llevo una computadora...o un Tv o un movil cualquier equipo tengo que lagar en CUC o en CUP hasta un valor que no exceda los 1000 pesos...gracias

alegria Respondió:


25 de agosto de 2017

16:51:47

Hola estimado Dr. Puede visitar el sitio web de la Aduana General de la Republica de Cuba (http://www.aduana.gob.cu), y particularmente en el apartado de descargas de dicho sitio (http://www.aduana.gob.cu/index.php/descargas) (resumen mas importante de cantidades limite para importacion a Cuba no comercial, y precios x articulo: Libro normas version 2016 digital), encontrara todo lo referente a sus dudas (listado de cantidades maximas permitidas de productos a importar, precios de cada producto a importar y mucha mas informacion). Particularmente, para los cubanos residentes en Cuba (menos de 24 meses en el exterior), y extranjeros residentes en Cuba, la 1era importacion en 1 anyo calendario (1ero de enero a 31 de diciembre) se pagara en CUP!, con un limite en valor de 1000 pesos. Importaciones no comerciales adicionales en el anyo calendario se abonaran en CUC, excepto en los casos de colaboradores cubanos en el exterior, acreditados y pedido la 2da o n importacion temporal a Cuba x el Jefe de Organismo (Ministro????), q podra pagar arancel aduanal en CUP!!!.

Ministerio de Finanzas y Precios - MFP Respondió:


25 de agosto de 2017

17:10:08

Estimado Dr. como ha explicado la AGR se mantienen vigentes las normas arancelarias para las importacioens de pasajeros sin carácter comercial. En su primera importación dentro del año natural a usted le son calculados los arancles en pesos cubano y los paga en esa misma moneda. Le envío copia del contenido de la recién emitida Res. No. 422/17 de este Ministerio aprobada para atender con carácter excepcional determinadas situaciones que se presentan a los colaboradores por causas que no les son imputables. Ministerio de Finanzas y Precios Ministra RESOLUCIÓN No. 422/2017 POR CUANTO: La Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”, del 23 de julio de 2012, en su Disposición Final Segunda, inciso f), faculta al Ministro de Finanzas y Precios, cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, para modificar las formas y procedimientos para el cálculo, pago y liquidación de los tributos. POR CUANTO: La Resolución No. 222, del 2 de agosto de 2012, dictada por quien suscribe, establece que en la segunda importación y las siguientes que se realicen dentro del año calendario, el cálculo de los aranceles a pagar se realizará en pesos convertibles (CUC), y se aportarán en pesos cubanos (CUP), según la tasa de cambio vigente para las operaciones de venta de CUC a la población, por los cubanos y extranjeros residentes permanentes en el territorio nacional. POR CUANTO: Teniendo en cuenta que por interés de país, en ocasiones los colaboradores entran al territorio nacional en más de una ocasión en el año, se ha decidido para determinados casos, autorizar excepcionalmente el cálculo en pesos cubanos (CUP) del arancel de aduanas a partir de la segunda importación que estos realicen, siempre que dicha situación sea certificada ante la Aduana General de la República por el Jefe del Órgano u Organismo de la Administración Central de Estado a donde pertenece el colaborador. POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el Artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba, RESUELVO PRIMERO: Establecer excepcionalmente el cálculo de los aranceles de aduanas en pesos cubanos (CUP), a partir de la segunda importación que realicen dentro del año calendario (1ro. de enero al 31 de diciembre), los colaboradores que presten servicios en el exterior y que se vean obligados a entrar en más de una ocasión en el territorio nacional por las causas siguientes: a) Asuntos oficiales; b) término de misión antes de la fecha planificada por redimensión de las misiones; y c) retraso de las vacaciones. SEGUNDO: Para la aplicación de lo que en la presente se establece es necesario previo al despacho aduanero, que el Jefe del Órgano u Organismo de la Administración Central del Estado a que pertenece el colaborador, certifique ante la Aduana General de la República, los casos que se encuentren comprendidos entre las causas previstas en el Apartado precedente. TERCERO: Facultar al Jefe de la Aduana General de la República para emitir los procedimientos específicos que correspondan a tales efectos. PUBLÍQUESE en el Gaceta Oficial de la República de Cuba. ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio. Dada en La Habana, a los 13 días del mes de junio de 2017. Lina O. Pedraza Rodríguez. Ministra