ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Los trabajadores vinculados a la Zona Especial de Desarrollo Mariel ya aportan desde el 2014 estos tributos. Foto: Jose M. Correa

Es sabido que a partir del próximo mes de octubre comenzará la aplicación del Impuesto sobre Ingresos Personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social a la fuerza laboral del sistema empresarial estatal cubano.

A explicar los aspectos más importantes relacionados con este tema estuvo dedicado el espacio de la Mesa Redonda de este martes, en el que participaron directivos del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) y de la Oficina Nacional de la Administración Tri­butaria (ONAT), así como representantes de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC).

Meisi Bolaños Weis, viceministra del MFP, inició su intervención haciendo referencia a los antecedentes de esta medida y a las razones por las cuales se decidió su implementación en estos momentos.

En el caso de la Contribución Especial a la Seguridad Social (CESS), dijo que se trata de extender este tributo dentro del sector empresarial pues desde hace varios años lo venían aportando los trabajadores que laboran en las entidades en perfeccionamiento. En el país, acotó, existen alrededor de 950 empresas que aplican este sistema.

De igual forma, apuntó que en el año 2014 comenzó a implementarse este pago de la CESS por parte de los trabajadores vinculados a las modalidades de inversión extranjera y de los que se desempeñaban en la Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM). Por tanto, aseguró, no es la primera vez que se aplica este tributo y para quienes venían contribuyendo lo que se plantea es una adecuación en su pago.

Asimismo, recapituló que en el sector presupuestado han venido pagando la CESS todas aquellas ramas que han recibido incrementos salariales desde el 2008 hasta la fecha, entre los cuales figuran Educación, Salud Pública, el Sistema de Tri­bunales, la Fiscalía y la Contraloría.

A su juicio, tampoco se debe obviar el aporte, en este sentido, de las personas afiliadas a los Regímenes Especiales de Contribución Social, entre las cuales figuran aquellas vinculadas a las formas de gestión no estatal, así como los miembros del sector cooperativo campesino y los artistas, entre otros.

Consideró importante destacar que esta es la contribución que aportan las personas naturales, y por la cual se recibirá un beneficio directo o indirecto a mediano y/o corto plazos, a través del Sistema de Seguridad Social.

Entre las prestaciones a corto plazo mencionó las recibidas por las mujeres durante las licencias pre y posnatal; así como las protecciones ante invalidez total o parcial por accidentes y pagos por certificados médicos.

No obstante, afirmó que los principales gastos se concentran en el respaldo a las jubilaciones y pensiones. Solo en el 2016, mediante el presupuesto de la Seguridad Social, se protege a 1 696 000 pensionados.

En ese sentido, la viceministra del MFP significó el incremento sostenido de los gastos de la seguridad social, que se nutre también de los aportes que por este concepto hacen las entidades, en primer lugar las empleadoras. En la actualidad (2016), el Presupuesto destinado a este objetivo ya rebasa los 5 690 millones de pesos.

Meisi Bolaños también abundó en las modificaciones introducidas en la Ley 105 de Seguridad Social, las cuales ajustaron las cuantías a pagar y hoy las personas pueden jubilarse hasta con el 90 % de su salario, tomando como referencia los mejores años de remuneraciones obtenidas.

Reconoció que, evidentemente, se han incrementado los ingresos por las contribuciones que a este Presupuesto hacen las diferentes entidades y las personas naturales, pero aún no logran compensar los gastos que el país enfrenta. Todavía el Estado tiene que financiar en alrededor de 1 200 millones de pesos ese Presupuesto.

Respecto al Impuesto sobre los Ingresos Personales (IsIP), Bolaños Weis precisó que la Ley 113 del Sistema Tributario dispone su aplicación gradual, en función de las condiciones económicas. En concordancia con ello, se determinó, en el 2014, que lo pagaran los trabajadores vinculados a la ZEDM.

Los aportes, precisó, tienen como objetivo respaldar los servicios básicos a la población y lo que se recaude a partir de octubre irá a nutrir los presupuestos locales, o sea, lo más cercano a la persona que lo está pagando, lo que hará más visible el apoyo ciudadano al sostenimiento de los servicios de salud, educación, alumbrado público, entre otros.

También recordó que este impuesto lo venían aportando fundamentalmente los trabajadores del sector no estatal, así como los artistas y creadores.

Informó que hoy el salario medio en el sector empresarial estatal es de 779 pesos, monto que desde el 2013 a la fecha se ha incrementado en un 54 %, por lo que el IsIP se aplicará a aquellos trabajadores que perciban, aproximadamente, el triple del salario medio actual.

¿CÓMO SE APLICARÁN LOS TRIBUTOS?

Vladimir Regueiro Ale, director de Ingresos del MFP, explicó que la CESS será aportada por aquellos trabajadores que obtengan salarios superiores a 500 pesos, siempre que en ese monto incida, al menos, uno de los siguientes conceptos: pago adicional del perfeccionamiento empresarial, aplicación del pago por rendimiento o distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia empresarial.

El tipo impositivo fijo será del 5 % de las remuneraciones recibidas, acotó.

Mientras, el IsIP se aplicará cuando las remuneraciones mensuales, a partir de 2 500 pesos, hayan sido obtenidas por alguno (o varios) de los requisitos expuestos. Quienes perciban entre 2 500 y 5 000 pesos pagarán el 3 % y aquellos que cobren más de 5 000 aportarán el 5 %.

Explicitó que el pago se realizará mediante el sistema de retenciones que efectúan las empresas, o sea, estas retienen o descuentan los tributos y los aportan al Presupuesto del Estado. De ese modo, señaló, en los montos que reciban los trabajadores ya estarán descontados dichos impuestos.

Las empresas en perfeccionamiento que ya venían pagando la CESS, agregó, se acogen a las nuevas regulaciones, lo cual hace más justo el aporte, que se basa en los principios de generalidad y equidad.

Entre las ventajas, también apuntó que estos trabajadores están exonerados de presentar Declaración Jurada por los in­gresos que perciban por su desempeño en las empresas estatales. En el caso de los trabajadores jubilados, ejemplificó, que se incorporan a la vida laboral, no se grava lo recibido por pensiones. Y sobre el pluriempleo, esclareció que se aplicarán los tributos de manera independiente, en función de las remuneraciones que en cada lugar reciba el trabajador.

También Belkis Pino Hernández, vicejefa de la ONAT, comentó sobre las facilidades que ofrece la oficina para la aplicación de estos tributos.

Desde enero, relató, se tomaron las medidas para que las empresas crearan las condiciones técnicas-organizativas, gestionaran la actualización de los sistemas automatizados y aseguraran la preparación de sus trabajadores.

También la ONAT está actualizando, de oficio, las obligaciones de las entidades retentoras en el Registro de Contri­bu­yentes y se han hecho las coordinaciones correspondientes con las sucursales bancarias.

Respecto a la capacitación dijo que al cierre del primer semestre del año en curso habían sido seminariados 1 387 488 trabajadores. Además resaltó que el sistema de pago establecido constituye una facilidad para los trabajadores, quienes no tendrán que trasladarse hasta las unidades de la ONAT ni a las sucursales bancarias. Asimismo garantiza un mayor control de los aportes.

En torno a las posibles reclamaciones de los trabajadores, enfatizó en la responsabilidad de las empresas de retentoras. Por tanto, es con la entidad con quien el trabajador tendrá que dilucidar las problemáticas. Y las empresas están en la obligación de aportar los montos dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, por las remuneraciones gravadas, correspondientes al mes anterior.

El espacio televisivo hizo un aparte para comentar el papel de los sindicatos en este proceso. Abel Alejandro Rivero Ochoa, jefe del Departamento de Empleo y Salario de la CTC, comentó que solo hay 25 empresas que cobran salarios mensuales superiores a 2 500 pesos, las que agrupan el 1,3 % de los trabajadores.

En esta etapa, aseguró, la CTC ha estado en función de velar por los derechos de los trabajadores y por la aplicación correcta de los tributos, responsabilidad que a partir de octubre también corresponderá a los sindicatos de base.

Ejemplo 1

Trabajador de una empresa en perfeccionamiento empresarial que cobra al cierre de un mes 690.00 pesos.

385.00 pesos por concepto de salario básico

105.00 pesos por pago adicional del perfeccionamiento empresarial

200.00 pesos como pago por rendimiento

Se cumplen los requisitos para aplicar la Contribución Especial a la Seguridad Social: ingresos superiores a 500.00 pesos, que incluyen pago por perfeccionamiento y por rendimiento; por tanto:

Base imponible: 690.00 pesos

Tipo impositivo: 5 %

Contribución Especial a la Seguridad Social: 34.50 pesos

Ejemplo 2

Trabajador de una empresa estatal que cobra al cierre del mes 2 650.00 pesos, incluido el pago por el rendimiento

Impuesto sobre Ingresos Personales

Base imponible: 2 650.00 pesos

Tipo impositivo 3 %

Importe a pagar: 79.50 pesos

Contribución Especial a la Seguridad Social

Base imponible: 2 650.00 pesos

Tipo impositivo: 5%

Importe a pagar: 132.50 pesos

Total a pagar: 212.00 pesos 

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Renier dijo:

16

7 de septiembre de 2016

16:02:23


Dice Meisi Bolaños, viceministra del MFP, refiriéndose a la seguridad social: Todavía el Estado tiene que financiar en alrededor de 1 200 millones de pesos ese Presupuesto. Estas son las explicaciones que no entiendo. Tiene que haber alguna otra manera de explicar esto. Me da la impresión de que me están diciendo que el estado es un ente particular que saca ese dinero de su bolsillo para pagar la seguridad social. Recordar que la Seguridad Social está dirigida a los trabajadores y que son ellos los que crean el presupuesto del estado. El estado administra los recursos que, fruto de su labor, ponen en sus manos todos los que trabajan. El estado no tiene una varita mágica de donde sacar el dinero ni otra cosa que no sea del fruto del trabajo, de tal manera que SIEMPRE, según lo veo, este financiamiento sale de los trabajadores, sea cual sea la vía por la que llegue al presupuesto del estado, como por ejemplo, ¨los aportes que por este concepto (la seguridad social) hacen las entidades, en primer lugar las empleadoras¨, según se expresa también unos renglones más arriba… más de lo mismo. Cabe preguntar nuevamente: ¿De dónde sacan las entidades estos aportes si no es del resultado del trabajo de los empleados? O sea, estos aportes los hacen, en definitiva, los trabajadores. No es tan sencilla entonces la explicación de que hay que imponer un impuesto a los trabajadores para liberar al estado de la carga que representa en su presupuesto el pago de la seguridad social a los trabajadores, la cual se pagan, precisamente, los propios trabajadores. Con relación al impuesto sobre las ganancias me parece a mí que el enfoque es más o menos el mismo. El estado, en su papel de administrador, y a través de los órganos que le corresponde, decide la política salarial y por ende, cuanto le paga a cada trabajador o hasta cuanto puede llegar a ganar, en dependencia de que entidad sea y las formas de pago que se le aprueben. Entonces resulta que, después de definir cuanto va a ganar un trabajador (o puede llegar a ganar) decide poner un impuesto sobre esas ganancias. No entiendo: Te voy a pagar X pesos por este trabajo, pero tienes que pagarme, a MI MISMO, Y pesos de impuesto. Y menos entiendo cuando, como si fuera un argumento, se dice que: este impuesto lo venían aportando fundamentalmente los trabajadores del sector no estatal, así como los artistas y creadores. Y no entiendo por dos razones. Primero… Naaaaaaadaaaa que ver el monto de las ganancias de estas personas con el de los trabajadores estatales y por tanto lo que se pueden ver afectados en su poder adquisitivo con este impuesto y segundo, de alguna manera tienen estas personas que aportar al presupuesto del estado para que puedan disfrutar de manera digna de todos aquellos beneficios que reciben en nuestro país de manera gratuita y que, definitivamente, eran financiados exclusivamente por los trabajadores estatales, a través del estado, claro. Lo dicho, no entiendo las explicaciones que se dan para aplicar estas medidas. Tal vez existan otras que pueda entender.

GFRJ Respondió:


9 de septiembre de 2016

16:27:52

Completamente de acuerdo con usted, además, hay quien dice que en el mundo entero se cobran los impuestos estos, lo que pasa es que en el mundo entero casi todas las empresas son particulares y por eso se le cobra impuestos, pero en nuestro caso son los trabajadores quienes sustentamos la economía del país y al final el estado es el pueblo.

Eduardo dijo:

17

7 de septiembre de 2016

16:15:55


La ley del pago de impuestos es algo que se aplica en todos los paises, pero en el caso nuestro los salarios resultan insuficientes para garantizar al trabajador el mínimo de sus necesidades; según se plantea el salario medio de los trabajadores es 779 pesos y sin embargo el impuesto del 5% lo ponen a partir de un monto inferior a ese salario medio y estoy plenamente de acuerdo con lo planteado porAlberto Fidel pues no se entiende que el que gane más salario pague menos impuestos. Creo que esa ley tributaría se debe revisar y realizarle los ajustes pertinentes

Palax dijo:

18

7 de septiembre de 2016

16:51:43


Considero que esta medida debiera aplazarse hasta que nuestra moneda se unifique y el salario logre por fin ser suficinte para satisfacer las necesidades míninas de los trabajadores. Ha crecido el salario pero junto con el otros productos de primera necesidad lo han hecho y a pesar de las medidas adoptadas por nuestro gobierno para rebajar algunos productos, lo cierto es que el día a día se torna dificil.

ericoliseo dijo:

19

7 de septiembre de 2016

17:10:50


A favor estamos muchos y me incluyo, en que debemos pagar impuestos sobre ingresos personales, además de la seguridad social. Lo que no entiendo es el concepto aplicado en virtud si trabajas en una empresa u otra, digamos ACOREC, los que trabajan en ACOREC y reciben la llamada gratificación, la tasa impositiva es bien diferente, y entiendo que no se puede evaluar de la misma manera los impuestos para los que trabajan en empresas nacionales y los que lo hacen en ACOREC (empresas extranjeras), lógico que se debe potencial al trabajo directo a nuestro estado, es una práctica incentivar el trabajar para empresas cubanas, en desarrollarlas, lo que no demerita el aporte de aquellos que lo hacen en empresas extranjera para el país, lo cual considero que es de gran valor. Pero es que la diferencia es enorme, las personas que ganan 3600,0 CUP en los dos casos (cambiando 150cuc), en ACOREC se aporta el +/- 25% del salario y en la empresas nacionales el 3%, por ACOREC se recibe un salario en CUP risorio, el cual se paga el 5% de seguridad social. Al final un Ingeniero altamente calificado aportando un impuesto altísimo, se jubila la persona perfectamente con 250CUP, después de trabajar muchos años y tributando una suma importante de su salario. Concretamente, al bolsillo de las personas que reciben la misma cantidad de CUP; por el solo hecho de trabajar en entidades diferentes, uno de los trabajadores a su casa lleva mucho menos dinero que el otro y para colmo se jubila con mucho menos. Hablo de que la persona que trabaja en ACOREC es MUCHO más afectado por temas de impuestos y seguridad social que el resto que lo hace en las empresas cubanas. Tiene esto sentido???. Es digno revisar la tasa que regula el pago de los impuesto para los trabajadores que lo hacen en ACOREC, conjuntamente con lo relacionado con la seguridad social asociado al salario mínimo en CUP.

leovanys alfaro dijo:

20

8 de septiembre de 2016

13:36:01


todos estamos consciente del destino de la CESS y IsIP pero hace falta que se tenga en cuenta los salarios de los Organos Globales de la Economia