ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

En septiembre del 2015, 11 382 personas tenían doble contratación en el sector estatal en todo el país. Aunque la cifra no da cuenta de una alternativa frecuentemente empleada, vale señalar que esta es una opción válida para cualquier entidad y posibilita que los trabajadores, después de cumplir los deberes de su cargo, puedan realizar otras labores en el sector estatal y recibir ingresos por ello.

Lixgiana Álvarez, jefa de departamento de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), explicó que las personas pueden ser contratadas en su mismo centro de trabajo o en otro; y en todos los casos, para realizar labores distintas a las habituales y en horarios diferentes. Acotó que durante el tiempo en que estén incapacitadas para trabajar (por enfermedad, accidente, licencia de maternidad…), no podrán concertar otro contrato de trabajo además del principal que ya poseen. Tampoco podrán signarlos quienes realicen trabajos en condiciones que originan una reducción de la capacidad laboral en el tiempo, y los que tengan aprobadas jornadas reducidas.

Por su parte, el especialista de la dirección de Empleo, Eduardo Almodóvar, puntualizó que en el caso de los cuadros y funcionarios; técnicos y profesionales de la salud y la investigación; maestros, profesores, contralores y auditores no podrán desempeñar otro cargo o empleo remunerado, exceptuando los cargos docentes, de investigación científica u otros que les sean aprobados por la autoridad u órgano que los designó, eligió o contrató.

De esos elementos, dijo, debe cerciorarse la autoridad facultada antes de concertar el contrato y, en todos los casos, asegurarse de las aptitudes del aspirante y de que, efectivamente, el nuevo trabajo no interfiere con las funciones habituales donde tiene concertado su contrato principal.

El pluriempleo trata de contratos por tiempo determinado o para la ejecución de obra, en los que se obtienen los mismos derechos laborales y de seguridad social que en los contratos de tiempo indefinido, aseguró.

Otra alternativa que contempla el Código de Trabajo es la contratación de estudiantes de cursos diurnos con 17 años de edad o más. En esos casos la jornada laboral es a tiempo parcial en periodos docentes para no afectar sus estudios, o a tiempo completo en vacaciones o periodos de receso escolar.

En ambas circunstancias reciben los ingresos por la labor realizada y se reconocen los derechos de trabajo y seguridad social establecidos para esos contratos.

Interrogados sobre la protección que brinda el marco legal a quienes optan por el pluriempleo, los especialistas explicaron que cuando se tiene suscrito más de un contrato de trabajo se consideran en la base de cálculo de la pensión por edad los salarios devengados en las entidades con las que mantiene vínculo laboral, y precisaron que aunque se reconocen los tiempos de servicio prestado en cualquier sector o actividad laboral, ya sea civil o militar, en el caso de los simultáneos, se acumula uno de ellos.

Para conocer más sobre las opciones de empleo disponibles, Álvarez y Almodóvar recomendaron solicitar información en las Direcciones Municipales de Trabajo, a las cuales las entidades tributan sistemáticamente sus necesidades de fuerza laboral.

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YANE dijo:

6

6 de enero de 2016

09:27:17


Coincido con el comentario de Anar , porque los cuadros , funcionarios , tecnicos y profesionales de la salud , maestros no pueden tener derecho al pluriempleo siempre que no interfiera en su horario laboral o es que acaso todos no tenemos los mismos derechos ? , no le encuentro la logica a esto , creo que se debe revisar eso

Leandro dijo:

7

6 de enero de 2016

09:42:42


José, siempre he escuchado que trabajando nadie se enriquece, pero, bueno, si se aprovechan de los recursos que el Estado pone en sus manos, otros gallos cantan. Para esos que se aprovechan, las ganancias son absolutas, sin gastar un centavo. Por otra parte, hay que tener en cuenta que normalmente dedicamos de 2 a tres horas para trasladarnos al centro de trabajo y regreso a la casa. Ya por ahí son alrededor de 12 horas. Además, si el otro empleo lo hace con el Estado, por dos o tres horas, ¿Cuánto le pagarán?

Pepe dijo:

8

6 de enero de 2016

10:33:34


Nadie que viva únicamente de su salario, en este país se hace rico, todo lo contrario pertenece al grupo social más humilde. Hay que pensar y tomar medidas a favor de los que luchamos, porque hoy por hoy aquellos que andan en malos pasos son los que usan los mejores zapatos. Saludos

temis Respondió:


6 de enero de 2016

14:28:22

Completamente de acuerdo con usted.

peglez dijo:

9

6 de enero de 2016

10:34:44


El numero de 11382 trabajadores en toda la nacion me parece que no es un dato que sea real, deben de tener algunas empresas la informacion oculta porque mi opinion es que son muy pocos, refleccionen con este dato estadistico, aprovecho la oportunidad para que se revise la aplicacion de la resolucion # 17/2014, a todos los trabajadores estatales de nuestro caiman. Aclaro que el salario del pluriempleo si nos sirve para la JUBILACION .

Juan Jose dijo:

10

11 de octubre de 2017

11:47:17


Quisiera saber si durante el servicio social se puede aplicar al pluriempleo.