ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Como se informó en este diario, entre los días 29 de julio y 2 de agosto de 2013, fueron hospitalizadas en la capital 99 personas intoxicadas por el consumo de alcohol metílico, que había sido sustraído del Instituto de Farmacia y Alimentos (IFAL), de la Uni­versidad de La Habana, de las cuales fallecieron 11.

Un equipo multidisciplinario integrado por especialistas del Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud Pública, trabajó junto a la dirección del Partido y el Gobierno de la capital y La Lisa, en la investigación de estos hechos. Concluido el proceso de instrucción, se desarrolló la vista del juicio oral entre los días 5 y 7 de mayo pasados, en el Tribunal Provincial Popular de La Habana, constituido en la Sala Especial del Tribunal Municipal Popular del municipio de Diez de Octubre.

Dada la gravedad de los hechos y la actuación repudiable de sus principales implicados, que por afán de lucro atentaron contra la vida humana, el Tribunal sentenció:

A Ramón Hernández Argudín y Augusto César Valdés Alonso, custodios que sustrajeron los 60 litros de metanol para su comercialización ilícita, a 30 y 27 años de privación de libertad, respectivamente, por los delitos de Robo con Fuerza en las Cosas, Homicidio por Imprudencia y Lesiones Graves; Abe­lardo Santos Rivero, custodio con una participación de menor gravedad en el robo, fue sancionado a 6 años de privación de libertad.

En relación con la responsabilidad civil de­clarada, Hernández Argudín y Valdés Alonso deberán indemnizar a los damnificados por la ingesta de alcohol metílico y junto a Santos Ri­vero, reparar el daño material causado al IFAL.

Con relación a los vecinos del Consejo Popular Balcón de Arimao vinculados a los hechos, los acusados Katya Pineda Des­paigne y Héctor Gelasio Mesa Santana, por el delito de Receptación de Carácter Con­ti­nuado, fueron sentenciados a 5 y 4 años de privación de libertad, respectivamente, mien­tras que Zenaida Despaigne Arroyo fue sancionada a 3 años, subsidiada por limitación de libertad.

Diógenes David Lora, Jorge Enrique Sa­vigne Sierra y Ramón Villalonga Toriza, co­mo autores de un delito de Receptación, fueron sancionados a penas de 3 a 4 años de privación de libertad; por la misma categoría delictiva, pero en menor escala, Dalia Rosa Pineda Despaigne y Ana Obdulia Rodríguez Sibila recibieron sanción de 9 meses de privación de libertad, subsidiadas por trabajo correccional sin internamiento. Oilda Cira Tejeda Mendoza, también por el delito de Receptación, fue sancionada a 6 meses de privación de libertad, subsidiada por igual periodo de limitación de libertad.

Juan Miguel Antúnez Paneque fue sancionado a 4 años de privación de libertad, por incurrir en el delito de Encubrimiento, al haber ayudado a ocultar los recipientes don­de se encontraba el alcohol.

Dado el descontrol evidente y el no cumplimiento de las funciones inherentes a sus cargos, al permitir un ambiente de desorden que facilitó que personas no idóneas ejercieran como custodios en objetivos de valor económico y sustrajeran esta sustancia letal, el Ministerio de Educación Superior separó de la enseñanza universitaria al Decano del IFAL y removió de sus cargos al Vicedecano de Inversiones, así como a los jefes de los departamentos de Farmacia y de Seguridad y Protección, quienes además fueron sancionados por su organización de base en el PCC.

El tratamiento penal a este caso evidencia la voluntad de nuestro Gobierno y de sus autoridades de preservar la seguridad ciudadana mediante el enfrentamiento al delito y las ilegalidades, para los que nunca habrá impunidad. Sin embargo, lamentables incidentes como este constituyen una lección a todos aquellos ciudadanos que —quizás sin percatarse de su actuar negligente— le ha­cen el juego a elementos inescrupulosos ca­paces de vender hasta la propia muerte.

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Milena Díaz Molina (profesora del IFAL) dijo:

21

18 de junio de 2014

11:07:47


Los agentes de Seguridad y Protección son contratados por una agencia de seguridad que pertenece al Ministerio de Educación Superior y el IFAL está obligado a utilizar su servicio, no puede contratar personal de forma independiente. Se supone que el proceso de contratación de este personal sea lo suficientemente riguroso como para poner bajo su custodia bienes materiales de gran valor o como en este caso sustancias que son potencialmente peligrosas. Sin dejar de responsabilizar a los dirigentes del IFAL, cada cual debe responder por las responsabilidades que le atañen.

DENIS MORALES dijo:

22

18 de junio de 2014

11:11:16


muy bueno que se comenten estas sanciones; pero esto no es primera vez que sucede en nuestro pais; REFLEXIONEMOS CON MAYOR PROFUNDIDAD DEL PORQUE SE REPITEN ESTOS CASOS???, me parece se deben revisar los precios de los rones para el publico nativo, ya que todos de una manera u otra bebimos el alchol etilico mezclado con agua, ya sea por una razon u otra; pero al mas potente son los altos precios desde el mercado nacional y el mercado en dollares; espero tambien se puedan reveer estas alternativas y de esta manera lucharemos contra el robo de insumos a farmacias y centros medicos.

Liliana Mateu López (profesora del IFAL) dijo:

23

18 de junio de 2014

11:12:55


Me pregunto si al redactar la nota, los autores se encargaron de indagar cual es el mecanismo en el Ministerio de Educación Superior (al cual pertenece el IFAL) para contratar agentes de seguridad y protección y sobre quien recae la responsabilidad de la contratación de los mismos. Para los que no lo saben, las áreas universitarias deben ser cuidadas por el personal de la agencia del MES y son ellos los responsables del proceso de verificación que se le debe realizar a esos agentes. Cuando quien te roba es quien debe cuidar, poca cosa hay por hacer y no es absoluta responsabilidad de la institución quien además debe pagar por ese servicio y no tiene opción de contratar uno diferente.

Yolanda Acuña Begne dijo:

24

18 de junio de 2014

11:14:59


Excelente trabajo !!! Felicidades.

Aribet dijo:

25

18 de junio de 2014

11:17:09


Estoy de acuerdo que personas como estas sin escrúpulos paguen por lo que hicieron, que el peso de la ley caiga sobre ellos, fueron 99 personas intoxicadas y 11 fallecieron, pienso que fueron flexibles con A Ramón Hernández Argudín y Augusto César Valdés Alonso, custodios que sustrajeron los 60 litros de metanol para su comercialización ilícita, a 30 y 27 años de privación de libertad, respectivamente, por los delitos de Robo con Fuerza en las Cosas, Homicidio por Imprudencia y Lesiones Graves de este hecho condenados al igual que con los demás, hay 11 fallecidos pienso que nada de lo que se haga les va a devolver la vida y el dolor en el corazón de sus familiares, pero tenía que haber sido mas rigurosos con las medidas que se tomaron porque mientras sigamos teniendo individuos de esta indole que no miden las consecuencias para obtener dinero o que están dispuestos a todo con tal de obtenerlo, la sanción debía ser mayor que la que le aplicaron es mi opinión. En semanas anteriores vimos tras la huella , personas inescrupulosas también sancionados por los delitos de robo con fuerza en una empresa donde sustrajeron carne, embutidos, helados con el afán de lucro , no hubo homicidio los sentenciaron a 27 años de privación de libertad, los mismos años que en el primer caso que si hubo homicidio por imprudencia y lesiones graves. No se entiende que estos dos casos que son parecidos pero no iguales por lo antes explicado el tribunal dicte casi la misma sanción para los implicados.