ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Respondemos a Eduardo René Arias Polo, quien manifiesta su inconformidad con el trámite de su derecho a incremento de la cuantía de su pensión por haber laborado con posterioridad a la jubilación, toda vez que en el policlínico Gregorio Valdés Cruz, donde trabajó, le informan que no es posible acreditarle, mediante los documentos establecidos para ello, el tiempo que laboró en el año 2015 (...).
Realizada la investigación correspondiente, se constata con la especialista de Recursos Humanos del policlínico Gregorio Valdés Cruz, que en fecha 5 de febrero de 2019 se le entregó el Registro de Salarios y Tiempo de Servicios (modelo snc 2-25) contentivo del tiempo de servicio laborado con posterioridad a su jubilación, documento necesario para realizar el referido trámite de solicitud de incremento de la cuantía de la pensión, ante la filial municipal de este Instituto en Habana del Este.
Argumenta además dicha especialista, que se le había pedido un tiempo para poder confeccionar el referido modelo.

Caridad Real Gutiérrez,
Jefa Dpto. Trámites y Pensiones
inass.

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.