Damos respuesta a la carta de la compañera Marta Junco Sierra, vecina de la cooperativa “José Antonio Echeverría”, en el Entronque del Rosario, del poblado de Puerto Esperanza, en el municipio Viñales de la Provincia de Pinar del Río, que se tituló Perdió la casa y aparece como derrumbe parcial.
Expresa que en 2008 el huracán Gustav acabó con toda su casa y que ahora le notifican que el daño obedece a un derrumbe parcial con lo que no está de acuerdo, pues ha esperado durante 10 años, sin saber cuándo le tocara su solución.
Un grupo de trabajo presidido por la Directora Municipal de la Vivienda de Viñales, visitó a la compañera y evaluó el estado técnico del inmueble que ocupa, junto a sus dos hijos, teniendo los documentos oficiales que avalan la afectación que se produjo en la vivienda, por lo que podemos responder lo siguiente:
Es cierto que al paso del huracán Gustav esa vivienda fue afectada, pero consta que desde esa misma fecha fue clasificada por los técnicos como derrumbe parcial, porque aunque el inmueble era de madera, no se derrumbó, sino que se inclinó ligeramente de su eje y podía ser recuperado. Su hijo Alexander Ordaz Junco fue notificado de esa decisión y firmó la planilla de afectación. De manera que no es correcto lo dicho por la compañera en su carta, en el sentido de que no fue el huracán la causa del derrumbe total.
Consta también que en 2015 se solicitó un cambio de categoría a 48 casos de derrumbes parciales del municipio que se encontraban pendientes de solución, entre los que se encontraba la vivienda de la compañera Marta y la comisión provincial decidió mantener la misma categoría de afectación, teniendo en cuenta que la compañera demolió por su cuenta la vivienda afectada y construyó una facilidad temporal con condiciones de vivienda adecuada, de madera y cubierta ligera, que consta de portal, sala, cocina, comedor, dos dormitorios, baño y terraza, pero con techo y piso en mal estado, donde vive ella y sus dos hijos varones mayores de edad y vinculados laboralmente.
Consideramos que la apreciación de la comisión provincial fue correcta al mantener la categoría de afectación, conociendo que la compañera tiene la vía de solución a través del subsidio o del plan estatal. Damos la queja de la compañera con razón en parte



COMENTAR
Responder comentario